LA GRÁFICA DE LA SEMANA: FONASA: SALUD PARA TODAS Y TODOS
La reforma de salud impulsada desde el año 2007 puso énfasis particularmente en la universalización del acceso a la salud y la mejora de la calidad de este servicio, de la manera más equitativa posible: tanto desde el punto de vista de la atención como del gasto.
En este sentido, la cobertura de salud a través de las afiliaciones al FONASA (Fondo Nacional de Salud), creado por ley en 2007 por el Frente Amplio, creció continuadamente para incluir a todos los uruguayos.
La Gráfica de esta semana muestra dos elementos:
1- La cantidad de personas afiliadas a agosto de cada año desde 2007 al último dato de julio 2019 por colectivos de usuarios que demuestran las barras y tiene su correspondiente eje a la izquierda (cantidad de afiliados)
Se observa, en primer lugar, la ampliación de la cobertura a los cónyuges/concubinos de trabajadores y trabajadoras con cobertura del Seguro Nacional de Salud (SNS) que no estaban contemplados bajo el antiguo sistema (DISSE, previo a la reforma). En segundo lugar, ya con la reforma puesta en marcha, también se incorporan jubilados, jubiladas y pensionistas junto a sus cónyuges y concubinos. De esta manera vemos como resultado que la universalización del acceso a la salud encuentra reglas de juego favorable para que toda esta población que no estaba contemplada en el mismo fuera incorporada. Así como también la mayor incorporación de los activos, es decir la población inserta en el mercado de trabajo formal que ahora tiene cobertura de salud.
2- La línea que corresponde al eje derecho muestra la evolución de la cantidad de afiliados totales, que destaca notoriamente el aumento de la cobertura en salud: las afiliaciones a través del FONASA llegan a 2019 al 72% de la población total, 2.521.868 personas. Cuando comenzó este enorme esfuerzo de inclusión social de personas sin acceso integral a la salud en el año 2007 solamente contemplaba a 724.830 afiliados, que no incluía a menores ni a cónyuges, y solamente a 50.834 pasivos (hoy 593.421)